En las instrucciones penales que tengan por objeto denuncias por violencia de género los jueces deben llevar a cabo el canon reforzado constitucionalmente exigible de realizar una investigación suficiente y eficaz. Este canon reforzado se entenderá debidamente colmado en tanto en cuanto, subsistiendo la sospecha fundada de delito se practiquen otras diligencias de investigación que, complementando esos testimonios enfrentados de las partes unidas por una relación de afectividad, presente o pasada, permitan ahondar en los hechos descartando o confirmando aquella sospecha inicial. STC nº 87/2020 20/07/2020