Suspensión del pago del alquiler de una discoteca cerrada por la crisis del coronavirus.

También se acuerda que solo se abone el 50% del importe de la renta cuando pueda reabrir el local. El magistrado considera que hay una sobreveniencia de circunstancias radicalmente imprevisibles que causa una desproporción exorbitante, fuera de todo cálculo, entre las prestaciones de las partes contratantes por cuanto el negocio se encuentra ante una facturación igual a cero durante los meses en los que se prohibió la apertura de estos locales.

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