Denegación de la prórroga forzosa de un contrato de arrendamiento de vivienda.

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA. CAUSA DE NECESIDAD. Constituye verdadera causa de necesidad, justificativa de la denegación de prórroga forzosa de un contrato de arrendamiento de vivienda, que la nieta de la arrendadora precise de la vivienda arrendada para usarla mientras realiza sus estudios del MIR de medicina. Un periodo de cuatro años, como es el de la duración de los estudios del MIR, es lo suficientemente amplio y estable como para justificar la ocupación de la vivienda por parte de la nieta de la arrendadora. SAP Barcelona nº 661/2019 Civil 26/06/2019

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