RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL. INDEMNIZACIÓN EQUIVALENTE AL DAÑO.

Se condena a un abogado a indemnizar a su antiguo cliente la cantidad equivalente a las costas judiciales, por no advertirle del evidente riesgo de fracaso en un asunto imposible de ganar. De esta manera, se confirma la responsabilidad civil del abogado por no cumplir con el encargo encomendado conforme a las exigencias de la “lex artis”, ya que el letrado presentó demanda de ejecución dineraria cuando no existía título para ello, alegando que lo hizo por la insistencia del cliente. Sin embargo, no le hizo firmar un documento para informar de la inexistente posibilidad de éxito. SAP Badajoz nº 317/2020 Civil 29/05/2020

Scroll al inicio